El pasado 30 de abril se publicaron las bases reguladoras sobre ayudas para personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo de suspensión de contratos de trabajo o reducción de la jornada como consecuencia del COVID-19

¿Quién puede solicitarlas?

Las personas trabajadoras, incluidos los fijos discontinuos, que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Estar afectadas por expedientes de regulación de empleo, de suspensión de contratos de trabajo o reducción de la jornada, incluidos los fijos discontinuos, resueltos al amparo del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma.
  2. En el caso de los expedientes de regulación de empleo, de suspensión de contratos de trabajo o reducción de la jornada por causas técnicas, organizativas, económicas o de producción se requiere que el período de consultas, o bien el procedimiento de mediación o arbitraje, haya concluido con acuerdo entre las partes, derivados del estado de alarma.
  3. Personas trabajadoras con contrato indefinido fijo discontinuo, que hayan sido interrumpidos sus contratos o que se encuentren en período de inactividad productiva, aplazada como consecuencia de la crisis del COVID-19.

¿Qué requisitos deben cumplir?

  1. Los expedientes de regulación de empleo afecten a trabajadores de centros de trabajo de hasta 250 trabajadores en el ámbito de Castilla y León.
  2. La base reguladora de contingencias comunes incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias no superen los 1.600 euros.
  3. Tener reconocido por el SEPE la prestación por desempleo derivada del expediente de regulación de empleo, de suspensión de contratos de trabajo o reducción de la jornada.
  4. Los beneficiarios deben estar al corriente de pago con Hacienda y Seguridad Social.

¿Cuál será la cuantía de la subvención? 

Su cuantía se fijará en 7 euros por jornada completa efectiva de suspensión de contratos o 210 euros al mes en el caso de estar afectado por la suspensión de contratos durante un mes.

¿Cómo se puede solicitar? 

Exclusivamente de forma electrónica.

¿Se pueden pedir ya? 

No. Hay que esperar a que se publique la convocatoria pero, sería MUY CONVENIENTE preparar la documentación, puesto que se concederán y pagarán por riguroso ORDEN de presentación.

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